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Red transeuropea de transporte (RTE-T)
29Mar, 23 29 de marzo de 2023Blog

La UE acuerda la instalación de cargadores para vehículos eléctricos cada 60 kilómetros

Acuerdo provisional, pendiente de ratificación, entre el Parlamento y el Consejo de la UE que actualiza las medidas para el despliegue de infraestructura de recarga de fuentes de energía alternativas.


El acuerdo de la UE supone la obligación de instalar puntos de recarga para vehículos eléctricos cada 60 kilómetros a lo largo de la red transeuropea de transporte (RTE-T).

Este martes se alcanzó un acuerdo que actualizaba la normativa sobre la infraestructura mínima de combustibles alternativos (AFIR), texto que ya se aprobó en Octubre de 2022.

La medida se engloba dentro la estrategia “Fit for 55 in 2030”: el plan de la UE para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en al menos un 55% para 2030, en comparación con los niveles de 1990.


Puntos de recarga eléctrica y de repostaje de hidrógeno

El acuerdo informal fija objetivos a nivel nacional para el despliegue de infraestructura de recarga de fuentes de energía alternativas y traslada a cada estado miembro la elaboración de planes para su consecución.

El acuerdo plantea que antes de 2026 haya un puntos de recarga para vehículos ligeros con una potencia de al menos 400kW cada 60 kilómetros en la Red Transeuropea de Transporte (TEN-T). Esta potencia mínima será de 600kW para 2028.

En el caso de autobuses y camiones, se fija que cada 120 kilómetros en esta red haya estaciones de recarga para estos vehículos antes de 2028 con una potencia mínima de 1.400 kilovatios que se podrá ampliar a 2.800 kilovatios en función del tipo de vía. 

La norma fija que en el caso de estaciones de recarga para camiones estas instalaciones deberán complementarse con dos puntos de recarga exclusivos para camiones en un lugar seguro y vigilado también para 2028.

Se fija también una infraestructura mínima de estaciones de hidrógeno con fecha límite 2031: una estación de recarga cada 200 kilómetros en la TEN-T.


Facilidad en el uso y pago 

En línea con la norma de octubre del año pasado, se deberá ofrecer al usuario final la posibilidad de recargar su vehículo eléctrico de manera puntual mediante el uso de sistemas de pago. Se fija 2027 como la fecha límite para introducir estos sistemas en los puntos de recarga pública.

Estos sistemas pueden ser tarjetas de pago, a través de sistemas de lectura o sin contacto, o mediante pasarelas de pago que generen códigos de respuesta rápida.

Se deberá reflejar claramente el precio de las sesiones de recarga, facilitando así la información al usuario antes de iniciar la sesión de recarga. El precio se puede reflejar en precio por sesión, por minuto o por kWh.

La norma también obliga a los operadores a ofrecer información sobre la disponibilidad y tiempos de espera en los puntos de recarga.


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