
Un punto de recarga cada 60 kilómetros: la UE aprueba nuevos objetivos de infraestructura de recarga eléctrica en Europa
El Parlamento Europeo ha aprobado esta semana una nueva normativa sobre la infraestructura mínima de combustibles alternativos (AFIR) para potenciar el despliegue de estaciones de recarga eléctrica y de hidrógeno. Las primeras obligaciones llegan en 2026.
El texto aprobado este miércoles obliga a los países de la UE a que haya cargadores para vehículos eléctricos cada 60 kilómetros y estaciones de repostaje de hidrógeno cada 100 kilómetros a lo largo de la red transeuropea de transporte (RTE-T).
Esta medida se engloba dentro la estrategia “Fit for 55 in 2030”: el plan de la UE para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en al menos un 55% para 2030, en comparación con los niveles de 1990.
Cobertura mínima de puntos de recarga eléctrica de acceso público
En el caso de puntos de recarga destinados a vehículos ligeros cada país deberá contar en su red carreteras con la siguiente infraestructura en cada sentido de desplazamiento, y con 60 km como máximo entre sí:
Red básica de la RTE-T:
- Antes de 2026: grupo de recarga con potencia disponible de al menos 600kW, con una estación de recarga con potencia disponible individual de al menos 300kW
- Antes de 2031: grupo de recarga con potencia disponible de al menos 900kW, con una estación de recarga con potencia disponible individual de al menos 350kW
Red global de la RTE-T:
- Antes de 2031: grupo de recarga con potencia disponible de al menos 300kW, con una estación de recarga con potencia disponible individual de al menos 150kW
- Antes de 2036: grupo de recarga con potencia disponible de al menos 600kW, con una estación de recarga con potencia disponible individual de al menos 150kW
Existen también requisitos de cobertura mínima de infraestructura destinada a vehículos pesados, también cada 60km y en ambos sentidos de la circulación. La obligación más inmediata es la de contar, antes de 2026, con un grupo de recarga con potencia disponible de al menos 2.000kW, con una estación de recarga con potencia disponible individual de al menos 800kW.
Se facilita el uso y pago de estaciones de recarga con tarjetas de pago
Según el reglamento se debe ofrecer al usuario final la posibilidad de recargar su vehículo eléctrico de manera puntual mediante el uso de sistemas de pago.
Estos sistemas pueden ser tarjetas de pago, a través de sistemas de lectura o sin contacto, o mediante pasarelas de pago que generen códigos de respuesta rápida.
Los operadores de puntos de recarga tienen hasta 2027 para adecuar sus puntos de recarga pública a estos requisitos de pago.
Se trata de esta forma de facilitar el proceso de recarga evitando así al usuario final el tener que descargar las aplicaciones de cada operador.
Además, se deberá reflejar claramente el precio de las sesiones de recarga, facilitando así la información al usuario antes de iniciar la sesión de recarga. El precio se puede reflejar en precio por sesión, por minuto o por kWh.
Estas medidas han sido bien acogidas por asociaciones de fabricantes y usuarios. Este es un plan de mínimos y los objetivos de infraestructura de recarga pública deberán ser más ambiciosos para favorecer una red de recarga suficiente.
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